Taller # 14
En
defensa del derecho al agua
Gironeses ganan Tutela
contra AMB, ASOVICO y la Alcandía de San Juan Girón
La empresa de Acueducto Metropolitano de
Bucaramanga solicitó la adición de la Asociación de
Vivienda Comunitaria, constructora del barrio donde habitan los accionantes,
al proceso.
La Sala Séptima de Revisión de
Tutelas de la Corte Constitucional falló a favor de María Inés Hernández y Arnulfo Cáceres, habitantes del municipio de San
Juan de Girón en Santander, quienes instauraron acción de tutela en
contra del Acueducto Metropolitano de Bucaramanga y la Alcaldía del municipio de
San Juan Girón, por considerar que están vulnerando sus derechos fundamentales al
agua, a la salud, a la vida, y los derechos de los niños.
Este recurso se empleó, según
los accionantes, porque no les están suministrando el servicio público de agua
potable con la periodicidad y la eficiencia, que requieren para su subsistencia
y la de su núcleo familiar, dentro del cual se encuentra un menor de dieciocho
años quien presenta problemas de salud, debido a la mala calidad del preciado
líquido.
Según la Corte Constitucional el
urbanizador ASOVICO, responsable del proyecto de vivienda, Villa de los Caballeros,
donde se encuentra el predio de los Cáceres Hernández, nunca presentó el
proyecto hidráulico ante el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga como lo dictamina
la ley, tampoco ejecutó las obras de las
redes locales en el sector II del barrio y como consecuencia, las 37 viviendas
de la zona se surten desde hace varios años de un sistema provisional que
consiste en una pila pública.
Dentro del fallo, la Sala ordena
a ASOVICO, que presente el proyecto hidráulico para su estudio técnico y
aprobación por parte del AMB.
De igual manera ordena al acueducto,
que una vez el urbanizador presente el proyecto, realice su estudio técnico en
un tiempo no superior a un 1 mes, y proceda a autorizar el servicio y a suscribir el contrato de prestación
del servicio domiciliario de acueducto con los habitantes.
Como última medida, el
municipio San Juan de Girón en cabeza de su Alcaldía, deberá realizar una
gestión activa junto al AMB para garantizar de manera definitiva el derecho al
agua potable de los habitantes de manera eficiente y continua.
El fallo se solicitó como
proceso de revisión de la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Civil
Municipal de Bucaramanga, el 3 de noviembre de 2010 que decidió no tutelar los
derechos fundamentales invocados por los accionantes, al afirmar que el servicio
público de acueducto se estaba prestando a través de una pila pública, conforme
a la posibilidad técnica del lugar.
Los habitantes del sector
afectado están a la espera de que tanto ASOVICO como el AMB acaten las medidas
disciplinarias que no deben tomar más de 7 meses y que estarán reguladas por la
Alcaldía del municipio.
Columna
de Opinión
“Y
AHORA QUIÉN PODRÁ DEFENDERNOS?
Leer La Constitución en su
reforma de 1991 y encontrar la expresión “el Estado garantiza” me hace reflexionar
sobre la misma, pues con estas palabras se da por sentado que el contar con
entidades prestadoras de servicios, ya es un garante; llevándonos a sentir una “seudo protección” al vivir en un
Estado obligado a cumplir, o al menos eso nos hacen pensar el sistema.
De lo ocurrido en San Juan de
Girón (Santander) podemos evidenciar, cómo los problemas en este país pueden tener
diferentes soluciones a pesar que sobre ellos pesen sentencias previas. En este
caso en particular, es asombroso ver como el ente regulador de las leyes en una
primera sentencia pudo permitir que se vulneraran algunos derechos
fundamentales con excusas carentes de peso y permitió que las grandes empresas
jugaran con los intereses de los que consideran “ciudadanos indefensos”
Digo esto basándome en el hecho
de que por un lado, el urbanizador ASOVICO
deja de forma descarada a los residentes del barrio Villa de los
Caballeros en condición de vulnerabilidad de sus derechos, al llevar un
inadecuado proceso con los proyectos hidráulicos que servirían para establecer
el surtimiento de agua potable para el sector.
Y por otra parte, la otra cara
de la moneda nos muestra a la responsable de cumplir con la prestación del
recurso hídrico para nutrir a la comunidad, AMB (Acueducto Metropolitano de
Bucaramanga), empresa que no cumplía con el requerimiento, pues alega a su
favor, un impedimento técnico y procedimental para establecer el servicio en la
zona desprovista del mismo.
Dicho lo anterior, cabe hacer
hincapié en que el municipio en cabeza de la Alcaldía, no hizo ningún tipo de
veeduría o intervención para regular que las condiciones de vida de estas
personas fuesen adecuadas, con esta acción equívoca y en exceso reprochable, se
puede aducir que existe una mala interpretación de lo que reza nuestra Carta
Magna, puesto que el gobierno local siente efectuada su función de ente
regulador, con el solo hecho de tener
una empresa como el AMB que se encarga de hacer presencia como garante de
acceso al servicio; es decir, “el Estado garantiza” y de esa manera nos lavamos
las manos, pues, si hay quien cubra la demanda, la responsabilidad se reduce a
eso, a solo ofrecer y no ocuparse de comprobar que cada persona disfrute de esa
cobertura.
Es por eso que la Alcaldía del
municipio de San Juan Girón pide descaradamente ser exento de todo proceso concerniente al caso
de Villa de los Caballeros, y es en este punto donde no puedo dejar de
cuestionarme cómo es posible que en pleno siglo XXI hacer lo de Poncio Pilatos
pueda resultar positivo y aceptable, el
hecho de que el tema tratado sea un lio contractual no exime la responsabilidad
del gobierno local de discernir cualquier duda alrededor de los derechos
posiblemente vulnerados y en pleno uso de sus facultades, exigir respetarlos y
actuar a favor del bienestar común.
En definitiva, asumir que una pila de agua es la garantía
gubernamental del adecuado suministro,
fue el escudo perfecto para el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga (AMB)
para poder eximirse de responsabilidades, creyendo que el acto es plausible,
pues aseveran que en su posición era lo mejor que podían hacer, como si de un
acto humanitario se tratase, cuando en realidad la constitución a si lo
estipula. Pero mientras el gobierno no tenga control sobre este tipo de cosas,
mientras las empresas actúen interpretando la ley a su antojo y valiéndose de
camelas para no asumir las consecuencias de sus actos, tendremos las andanzas
de los abusos, y yo solo podre decir: ¿ y ahora quién podrá defendernos?
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