viernes, 30 de marzo de 2012

 

Taller # 14

En defensa del derecho al agua



Gironeses ganan Tutela contra AMB, ASOVICO y la Alcandía de San Juan Girón

La empresa de Acueducto Metropolitano de Bucaramanga solicitó la adición de la Asociación de Vivienda Comunitaria, constructora del barrio donde habitan los accionantes, al proceso.

La Sala Séptima de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional falló a favor de María Inés Hernández y Arnulfo Cáceres, habitantes del municipio de San Juan de Girón en Santander, quienes instauraron acción de tutela en contra del Acueducto Metropolitano de Bucaramanga y la Alcaldía del municipio de San Juan Girón, por considerar que están vulnerando sus derechos fundamentales al agua, a la salud, a la vida, y los derechos de los niños.

 
Este recurso se empleó, según los accionantes, porque no les están suministrando el servicio público de agua potable con la periodicidad y la eficiencia, que requieren para su subsistencia y la de su núcleo familiar, dentro del cual se encuentra un menor de dieciocho años quien presenta problemas de salud, debido a la mala calidad del preciado líquido.

Según la Corte Constitucional el urbanizador ASOVICO, responsable del proyecto de vivienda, Villa de los Caballeros, donde se encuentra el predio de los Cáceres Hernández, nunca presentó el proyecto hidráulico ante el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga como lo dictamina la ley, tampoco  ejecutó las obras de las redes locales en el sector II del barrio y como consecuencia, las 37 viviendas de la zona se surten desde hace varios años de un sistema provisional que consiste en una pila pública.

Dentro del fallo, la Sala ordena a ASOVICO, que presente el proyecto hidráulico para su estudio técnico y aprobación por parte del AMB.

De igual manera ordena al acueducto, que una vez el urbanizador presente el proyecto, realice su estudio técnico en un tiempo no superior a un 1 mes, y  proceda a autorizar el servicio y a suscribir el contrato de prestación del servicio domiciliario de acueducto con los habitantes.

Como última medida, el municipio San Juan de Girón en cabeza de su Alcaldía, deberá realizar una gestión activa junto al AMB para garantizar de manera definitiva el derecho al agua potable de los habitantes de manera eficiente y continua.

El fallo se solicitó como proceso de revisión de la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Bucaramanga, el 3 de noviembre de 2010 que decidió no tutelar los derechos fundamentales invocados por los accionantes, al afirmar que el servicio público de acueducto se estaba prestando a través de una pila pública, conforme a la posibilidad técnica del lugar.

Los habitantes del sector afectado están a la espera de que tanto ASOVICO como el AMB acaten las medidas disciplinarias que no deben tomar más de 7 meses y que estarán reguladas por la Alcaldía del municipio.


Columna de Opinión

“Y AHORA QUIÉN PODRÁ DEFENDERNOS?


Leer La Constitución en su reforma de 1991 y encontrar la expresión “el Estado garantiza” me hace reflexionar sobre la misma, pues con estas palabras se da por sentado que el contar con entidades prestadoras de servicios, ya es un garante; llevándonos a  sentir una “seudo protección” al vivir en un Estado obligado a cumplir, o al menos eso nos hacen pensar el sistema.
De lo ocurrido en San Juan de Girón (Santander) podemos evidenciar, cómo los problemas en este país pueden tener diferentes soluciones a pesar que sobre ellos pesen sentencias previas. En este caso en particular, es asombroso ver como el ente regulador de las leyes en una primera sentencia pudo permitir que se vulneraran algunos derechos fundamentales con excusas carentes de peso y permitió que las grandes empresas jugaran con los intereses de los que consideran “ciudadanos indefensos”
Digo esto basándome en el hecho de que por un lado, el urbanizador ASOVICO  deja de forma descarada a los residentes del barrio Villa de los Caballeros en condición de vulnerabilidad de sus derechos, al llevar un inadecuado proceso con los proyectos hidráulicos que servirían para establecer el surtimiento de agua potable para el sector.
Y por otra parte, la otra cara de la moneda nos muestra a la responsable de cumplir con la prestación del recurso hídrico para nutrir a la comunidad, AMB (Acueducto Metropolitano de Bucaramanga), empresa que no cumplía con el requerimiento, pues alega a su favor, un impedimento técnico y procedimental para establecer el servicio en la zona desprovista del mismo.
Dicho lo anterior, cabe hacer hincapié en que el municipio en cabeza de la Alcaldía, no hizo ningún tipo de veeduría o intervención para regular que las condiciones de vida de estas personas fuesen adecuadas, con esta acción equívoca y en exceso reprochable, se puede aducir que existe una mala interpretación de lo que reza nuestra Carta Magna, puesto que el gobierno local siente efectuada su función de ente regulador,  con el solo hecho de tener una empresa como el AMB que se encarga de hacer presencia como garante de acceso al servicio; es decir, “el Estado garantiza” y de esa manera nos lavamos las manos, pues, si hay quien cubra la demanda, la responsabilidad se reduce a eso, a solo ofrecer y no ocuparse de comprobar que cada persona disfrute de esa cobertura.
Es por eso que la Alcaldía del municipio de San Juan Girón pide descaradamente ser  exento de todo proceso concerniente al caso de Villa de los Caballeros, y es en este punto donde no puedo dejar de cuestionarme cómo es posible que en pleno siglo XXI hacer lo de Poncio Pilatos pueda resultar positivo y aceptable,  el hecho de que el tema tratado sea un lio contractual no exime la responsabilidad del gobierno local de discernir cualquier duda alrededor de los derechos posiblemente vulnerados y en pleno uso de sus facultades, exigir respetarlos y actuar a favor del bienestar común.
En definitiva,  asumir que una pila de agua es la garantía gubernamental  del adecuado suministro, fue el escudo perfecto para el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga (AMB) para poder eximirse de responsabilidades, creyendo que el acto es plausible, pues aseveran que en su posición era lo mejor que podían hacer, como si de un acto humanitario se tratase, cuando en realidad la constitución a si lo estipula. Pero mientras el gobierno no tenga control sobre este tipo de cosas, mientras las empresas actúen interpretando la ley a su antojo y valiéndose de camelas para no asumir las consecuencias de sus actos, tendremos las andanzas de los abusos, y yo solo podre decir: ¿ y ahora quién podrá defendernos?



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